Brindamos asesoramiento integral en Derecho de Familia: divorcios, cuota alimentaria, régimen de comunicación, cuidado personal, sucesiones y acuerdos familiares.
Un buen abogado previsional puede asesorarte sobre cómo tramitar tu jubilación teniendo en cuenta todas las características de tu actividad, incluso si no tenés todos los aportes registrados.
Brindamos asesoramiento completo ante ANSES: jubilaciones ordinarias y anticipadas, moratorias, reconocimiento de tareas de cuidado, pensiones y PUAM.
Turnos y atención virtual disponibles.
Gestionamos todos los trámites previsionales directamente ante la Administración Nacional de la Seguridad Social.
Turnos presenciales y virtuales. Sin necesidad de trasladarte para la consulta inicial.
Existen soluciones para personas que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.
Consultanos.
HOMBRES Y MUJERES
La vía más común para acceder al beneficio jubilatorio, basada en edad y años de aportes registrados ante ANSES.
Para tramitarla se toman en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de la persona. Los requisitos pueden variar según la actividad y el régimen especial aplicable.
- Mujeres: 60 años de edad - Hombres: 65 años de edad - 30 años de aportes registrados - Puede variar según actividad o régimen especial
HOMBRES Y MUJERES
Permite jubilarse hasta 5 años antes de la edad legal, percibiendo el 80% del haber hasta alcanzar la edad completa.
Garantiza el 80% del haber jubilatorio que correspondería al titular hasta que alcance la edad establecida. Al llegar a esa edad, comenzará a percibir el 100% de forma automática.
- Hombres: entre 60 y 64 años - Mujeres: entre 55 y 59 años - 30 años de aportes registrados - Encontrarse desocupado/a al 30/06/2021
Esta medida está destinada a mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos. No es necesario tener una jubilación ya otorgada o en trámite. El reconocimiento computa aportes adicionales según la cantidad de hijos, lo que puede completar los años necesarios para acceder al beneficio jubilatorio.
Una pensión es un abono de dinero que percibe un beneficiario en forma ocasional o vitalicia por parte del Estado, según las leyes vigentes.
El fallecimiento de un trabajador o trabajadora en actividad otorga a sus familiares el derecho a percibir una pensión derivada de los aportes. -Cónyuge con partida de casamiento actualizada -Conviviente con 5 años de convivencia (2 si hay hijos) -Hijos menores de 18 años o incapacitados
Prestación que otorga ANSES a personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión. Equivalente al 80% de la jubilación mínima. -65 años o más -Argentino/a con 10 años de residencia o extranjero/a con 20 -Sin jubilación o pensión vigente Incluye cobertura PAMI y asignaciones familiares
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